Calendario laboral 2017
Todos los años, en el trascurso del último trimestre del año el Ministerio de Empleo, con la información que le facilitan las distintas Comunidades Autónomas, y las Ciudades de Ceuta y Melilla, inserta en el BOE, a través de la Dirección General de Empleo, una Resolución por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año siguiente. Es lo que se conoce como el Calendario Laboral Oficial.
La publicación en el BOE viene obligada por disponerlo así el Art. 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos.
Según este precepto, a la relación de las fiestas que las Comunidades Autónomas deben remitir al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se le debe dar publicidad a través del «Boletín Oficial del Estado», con la finalidad de facilitar el general conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.
Desde EPE Profesionales y con el fin de facilitar esta ardua tarea de fechas y diferentes autonomías, hemos creado los siguientes calendarios para todas y cada una de las Comunidades Autónomas y otro a nivel nacional de todo el Estado.